18 de octubre, Día Europeo contra la trata de personas

La trata de personas constituye la esclavitud del siglo XXI como la ha calificado la ONU y supone una grave violación de derechos humanos. Cada año, casi 3 millones de personas, el 80% mujeres y niñas, son víctimas del tercer negocio clandestino más lucrativo del mundo, tras el tráfico de armas y drogas. Según datos de Naciones Unidas, cada año, entre 700.000 y 4 millones de mujeres, niños y niñas son víctimas de la trata internacional de seres humanos con fines de explotación sexual, laboral y otras formas de explotación.

Según la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), de las mujeres que ejercen la prostitución en toda Europa, una de cada siete, es víctima de trata de personas.

Para Médicos del Mundo, las víctimas de trata son uno de los colectivos más desprotegidos de nuestro entorno social, cuyos derechos fundamentales son violados y negados a diario, Por ello, nuestra organización impulsa iniciativas directamente relacionadas con la lucha contra la trata de personas, a través de campañas de información y sensibilización.

Coincidiendo con el Día Europeo contra la Trata de Personas, Médicos del Mundo quiere poner el acento en los clientes. Según el último informe de la UNODC ‘La Trata de personas hacia Europa con fines de explotación sexual’: “Pese a que existen diferentes mercados del sexo, prácticamente todos los clientes de los servicios sexuales comerciales en Europa son hombres y en su mayoría, las mujeres son las proveedoras”.

Los datos de estudios nacionales indican que el porcentaje de hombres que han pagado por servicios sexuales en su vida varía considerablemente según los países y a lo largo del tiempo. Diversos estudios sitúan el porcentaje actual en torno al 19%. Investigaciones recientes realizadas en otros países indican cifras similares en Suecia (13%), Países Bajos (14%), Australia (15%) y Suiza (19%).

Según la Encuesta Nacional sobre Salud Sexual[1] elaborada por el Ministerio de Sanidad un 32% de los hombres consultados declararon haber pagado alguna vez para mantener relaciones sexuales. De los hombres que, lo han hecho, en un 92,3% de los casos fue a mujeres y sólo en 1,1% de los casos han pagado a otros hombres. En este estudio, el 4,6% de los hombres afirmaba haber pagado por tener relaciones sexuales en los últimos 12 meses.

El Convenio Europeo contra la Trata de Personas contempla la posibilidad de tipificar como delito el uso de servicios de personas en situación de trata. España, en la última modificación del Código Penal (junio 2010) ha tipificado, por primera vez, la trata con fines de explotación como un delito, pero no ha introducido ninguna sanción a los “clientes” de víctimas de trata, tal y como así se ha hecho en otros países, como Finlandia.

Existe oferta porque hay demanda y si esta demanda proveniente de clientes alimenta una situación injusta, violenta y con graves riesgos al derecho a la salud de estas mujeres, en un Estado de Derecho es perfectamente aplicable una sanción a los clientes que promueven esta situación.

No es la única medida, puesto que debe ir acompañada de otras medidas sociales, culturales y educativas para luchar contra la normalización de una

La trata con fines de explotación sexual en España

España aparece entre los principales países de destino de la trata, principalmente de mujeres con fines de explotación sexual, aunque también se destaca como, país de tránsito según Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC). Muchas de las mujeres y transexuales en situación de prostitución han sido traídas a España obligadas y las mantienen forzadas a ejercer la prostitución.

Sin embargo, es difícil conocer la verdadera naturaleza y alcance del fenómeno dada la ausencia de estadísticas oficiales anuales sobre el número de víctimas desglosadas por género, edad, nacionalidad, etcétera, así como de los mecanismos de seguimiento. No obstante, algunas fuentes estiman que en España, unas 50.000 personas son víctimas de trata. Más del 80% de ellas son mujeres inmigrantes, y la inmensa mayoría, en situación administrativa irregular. La mayoría de las víctimas son mujeres de entre 18 y 25 años que han sido captadas en sus países de origen por personas, grupos de delincuentes o redes criminales organizadas. Estos grupos se sirven de sus expectativas de mejorar sus vidas para traerlas a España por medio de engaño, amenazas y otras formas de coacción, con el fin de someterlas a explotación, sobre todo de carácter sexual.

Avances y limitaciones del Plan Integral contra la Trata de seres humanos con fines de explotación sexual

Médicos del Mundo forma parte de la Red Española contra la Trata de Personas y coincide con esta plataforma en destacar que, por primera vez, un texto de carácter nacional reconozca que la trata constituye una violación de los derechos humanos. Así mismo, que se haya establecido un Plan Integral que prevé actuar en las áreas de sensibilización, prevención e investigación, educación y formación, asistencia y protección a las víctimas, medidas legislativas y procedimentales, y medidas de coordinación y cooperación.

Como principal vacío hay que señalar que el Plan se refiere únicamente a la trata de personas con fines de explotación sexual, dejando por fuera todas las demás formas de trata de seres humanos, y su aplicación es sólo respecto de las personas extranjeras que no forman parte de la Unión Europea, lo que deja fuera del marco de protección a un alto índice de víctimas que llegan a España.

Avances

· Reconocimiento del derecho al periodo de restablecimiento y reflexión, un periodo de al menos 30 días que le permite a la víctima o presunta víctima de trata comenzar su recuperación psicológica y decidir si quiere colaborar con las autoridades.

· Agilización y simplificación del proceso de concesión de permisos de residencia y trabajo para las víctimas de trata.

· Mejora de la información, a las víctimas y presuntas víctimas, sobre sus derechos y recursos al alcance.

· Mejora en los servicios de atención a las víctimas.

· Creación de centros de acogida con programas de atención a víctimas y presuntas víctimas.

· Asistencia jurídica especializada gratuita y en su idioma.

· Puesta en marcha de protocolos de actuación y coordinación entre las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y las organizaciones, y recursos de atención a las víctimas.

Limitaciones

· Muchas de las medidas previstas por el Plan aún no han sido implementadas: el periodo de restablecimiento y reflexión, la agilización de trámites para permisos, y una mejor información a las víctimas sobre sus derechos.

· Carencias en la identificación de víctimas de formas de trata diferentes a la explotación sexual.

· No existe un programa de asistencia a víctimas que abarque la totalidad del territorio del Estado.

· No existe un fondo que garantice la reparación del daño sufrido por las víctimas (a través de indemnizaciones).

· Hasta el momento se ha condicionado la consideración de que una persona es víctima de trata sólo cuando presenta una denuncia por los hechos sufridos.

· Las víctimas de países comunitarios, al no estar sujetas a la regulación de la Ley de Extranjería, no se beneficiarían de las medidas de protección que puede aportan el Plan.

 

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